¿Qué es un DUI para "bebés" menores de edad en Arizona?

¿Qué es un DUI para "bebés" menores de edad en Arizona?

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El abogado defensor penal Jeremy L. Huss analiza los cargos de DUI de “bebés” menores de edad

¿Qué es un DUI para menores de edad en Arizona? Arizona tiene un “Baby DUI” especial para conductores menores de edad que consumen alcohol o drogas antes de conducir. ARS 4-244(34) define “Bebé DUI”. De hecho, la diferencia entre un conductor menor de edad DUI y un conductor adulto DUI se reduce a los requisitos de prueba. En un adulto DUI, el Estado debe demostrar ya sea una discapacidad o un determinado nivel de alcohol (0,08% o más) o drogas en la sangre. Por el contrario, un DUI menor de edad no requiere prueba de ninguno de los dos. Más bien, el Estado debe simplemente demostrar que un conductor menor de 21 años consumió un sorbo de alcohol. La razón de esto es obvia.

En Arizona, es ilegal que una persona menor de 21 años consuma o posea alcohol. Por lo tanto, conducir con cualquier cantidad de alcohol (o drogas) resultará en una condena por “Baby DUI”. En pocas palabras, el límite legal de concentración de alcohol en sangre (BAC) para conductores menores de 21 años en Arizona es del 0,00%. Esto significa que cualquier cantidad detectable de alcohol en el sistema de una persona menor de 21 años que esté conduciendo un vehículo motorizado puede resultar en un cargo de DUI por menor de edad. Arizona procesa severamente todos los casos de DUI. Esto incluye “Baby DUI”. Cualquier persona acusada de este delito debe esperar consecuencias importantes. Por eso es importante contar con una representación experimentada y experimentada.

DUI “bebé” y sanciones en Arizona

ARS 4-244(34) define “Baby DUI”. Esto se refiere a una persona menor de 21 años que opera o tiene el control físico real de un vehículo de motor. Y la persona tiene cualquier alcohol o droga en su organismo, como se acaba de comentar anteriormente.

Las sanciones por “Baby DUI” difieren un poco de las de adultos. De hecho, la mayor diferencia es que un Baby DUI no requiere un tiempo mínimo de cárcel obligatorio. Todos los adultos DUI en Arizona requieren al menos un día de cárcel obligatoria. Pero un infractor por primera vez de Baby DUI no es elegible para cumplir ninguna pena de cárcel. Sin embargo, un Baby DUI tendrá otras consecuencias potenciales que incluyen:

  • Consejería sobre alcohol o drogas
  • Suspensión obligatoria de la licencia de conducir por 2 años–(Discreción judicial sobre si se otorga una licencia restringida temporal).
  • Hasta 6 Meses de Cárcel como término de libertad condicional
  • Hasta 5 años de libertad condicional
  • Restitución Comunitaria (también conocido como Servicio de Trabajo Comunitario)
  • Requisito obligatorio del dispositivo de bloqueo de encendido durante 2 años

Éstas son duras consecuencias potenciales. Y estos son sólo los números de la primera infracción. Todos los procesamientos por DUI obviamente se vuelven más severos con condenas previas por DUI. Una segunda infracción en un plazo de 84 meses conlleva las mismas consecuencias, sólo que más largas y duras. Además, una tercera infracción de DUI es un delito grave (como una tercera o más infracción dentro de los 84 meses).

Delito menor y DUI agravado para conductores menores de edad

Delito menor de DUI para conductores menores de edad

El Estado también puede acusar a un conductor menor de edad de un delito menor o grave de DUI en Arizona. Específicamente, un conductor “discapacitado en el más mínimo grado” o con un nivel de alcohol en sangre superior al 0,08%. El Estado acusa aquí un delito menor de DUI según ARS 28-1381 o 28-1382. Además, son posibles cargos por delitos graves de DUI con agravantes según ARS 28-1383. Además, potencialmente siguen otros delitos menores. Esto incluye el consumo de alcohol por parte de menores de edad y/o menores en posesión de alcohol, según los hechos.

Delito grave de DUI agravado para conductores menores de edad

Existen ciertos factores que podrían resultar en cargos por DUI con agravantes por delitos graves. Específicamente, una condena por “Baby DUI” requiere una suspensión obligatoria de la licencia de conducir de 2 años. Un joven de 18 años condenado por “Baby DUI” según ARS 4-244(34) que conduce bajo los efectos del alcohol mientras se encuentra bajo la suspensión de licencia de 2 años probablemente enfrentará un proceso por delito grave. Este procesamiento sería bajo ARS 28-1383(A)(1) por DUI agravado debido a suspensión de licencia.

Además, se producirá el mismo resultado de delito grave si una persona con un “Baby DUI” conduce bajo la influencia del dispositivo de bloqueo de encendido requerido. El DUI agravado debido al requisito del dispositivo de bloqueo de encendido se incluye en ARS 28-1383(A)(4). Además, un conductor menor de edad podría cometer DUI agravado al cometer una tercera o más infracción dentro de los 84 meses de conformidad con ARS 28-1383(A)(2). O bien, un conductor menor de edad podría conducir por el lado equivocado de una carretera o autopista y cometer DUI agravado según ARS 28-1383(A)(5). Finalmente, un conductor menor de edad podría cometer DUI agravado al conducir con un menor de 15 años presente en el vehículo según ARS 28-1383(A)(3).

Todos los DUI agravados son delitos graves de clase 4, excepto conducir por DUI agravado con un menor de 15 años, que es un delito grave de clase 6. Con dureza, los delitos graves de Clase 4, excepto DUI agravado debido al requisito del dispositivo de bloqueo de encendido, requieren no menos de 4 meses de prisión obligatoria como período de libertad condicional.

De hecho, tanto los enjuiciamientos por delitos menores como por delitos graves por DUI agravados son realistas después de una condena por “Baby DUI”. Las condenas por cualquiera de los dos pueden tener consecuencias importantes, como se analizó brevemente anteriormente. Además de los problemas financieros y de libertad, los conductores condenados por DUI agravado enfrentan revocaciones de licencia. Sin embargo, una condena por Baby DUI conlleva una suspensión prolongada de la licencia de conducir.

DUI “bebé” conlleva una suspensión de licencia de 2 años

Según ARS 28-3322(A), cualquier conductor entre 18, 19 o 20 años condenado por “Baby DUI” enfrentará una suspensión de licencia de 2 años. Esto es duro, a la luz de la discusión anterior. Afortunadamente, ARS 28-3322(B) permite al tribunal otorgar una licencia restringida temporal. Una licencia restringida temporal permite a una persona conducir al trabajo, la escuela y otras responsabilidades. Sin embargo, una licencia restringida temporalmente no es una garantía, ya que queda a discreción del Tribunal. Sin embargo, la mayoría de los tribunales quieren alentar a una persona a permanecer empleada o mejorar a través de la educación. Como tal, la mayoría de los tribunales otorgarán licencias restringidas temporalmente, a menos que el conductor haya demostrado falta de responsabilidad. Un ejemplo de un conductor que demuestra falta de responsabilidad incluye a una persona que ignora constantemente las restricciones de conducción. En pocas palabras, una persona que continúa conduciendo con una licencia restringida. O esto incluye a una persona que no sigue las órdenes judiciales luego de la condena por DUI.

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Huss Law, PLLC es el mejor abogado de DUI para menores de edad de Tempe Arizona

Las consecuencias de un DUI para menores en Arizona son duras. Una condena por DUI afecta directamente la libertad, la conducción y los intereses financieros de una persona. Es importante consultar y contratar un abogado con experiencia en DUI. Jeremy L. Huss de Huss Law, PLLC ha estado manejando todos los niveles de casos de DUI en Arizona durante más de 20 años. Tiene una experiencia significativa debido a sus casi 13 años como fiscal.

El Sr. Huss ha sido el abogado principal en innumerables casos de DUI en Arizona. Como fiscal, el Sr. Huss brindó instrucción a las autoridades sobre investigaciones de DUI. Y ha capacitado a la policía en temas de búsqueda e incautación y etiqueta en los tribunales. El Sr. Huss es un experto en cuestiones de extracción de sangre y pruebas de aliento por DUI. También está íntimamente familiarizado con las investigaciones de DUI y las defensas de DUI. Estas defensas incluyen: (1) No hay sospecha razonable para la parada de tráfico; (2) Denegación del derecho a un abogado; (3) Si el conductor tenía “control físico real” del vehículo de motor; (4) Problemas con la prueba de aliento con Intoxylizer; y (5) Problemas con los análisis de sangre.

Cualquier persona que esté bajo investigación o acusada de DUI debe comunicarse con exfiscales de más de 20 años para consultarlos y contratarlos. ¡Llame a Huss Law hoy para una consulta gratuita!