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Una pregunta común que hace la gente es si uno puede recibir un DUI en un scooter en Arizona. La respuesta a esa pregunta es sí. El término clave para ella es motor. Una persona ebria que conduce/opera un scooter, bicicleta o embarcación sin motor no es culpable de DUI. Pero una persona que conduce/opera algo motorizado (es decir, un bote, una moto acuática, un scooter, un carrito de golf, etc.) es culpable de DUI si está bajo los efectos del alcohol o tiene un contenido de alcohol en la sangre superior a 0,08.
De hecho, ARS 28-1381(A) establece “[e]s ilegal que una persona conduzca o tenga el control físico de un vehículo…” De conformidad con ARS 13-105(41) define “vehículo” como:
Un dispositivo en, sobre o por el cual cualquier persona o propiedad es, puede ser o podría haber sido transportada o arrastrada sobre una carretera, vía fluvial o vía aérea, excepto los dispositivos movidos por fuerza humana o utilizados exclusivamente sobre rieles o vías estacionarias.
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Aunque esta definición no hace referencia a un “motor”, ese es el resultado. De hecho, el estatuto exceptúa los “dispositivos movidos por fuerza humana”. Como tal, todos los ciudadanos de Arizona deben ser conscientes de que operar cualquier “dispositivo” motorizado estando impedido dará lugar a un DUI. Como se mencionó anteriormente, un “dispositivo” motorizado podría ser cualquier cosa que una persona “opera” o “conduce”.