¿La falta de control físico es una defensa de DUI?

¿La falta de control físico es una defensa de DUI?

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¿La falta de control físico es una defensa de DUI? Una pregunta común es cuáles son las posibles defensas contra un DUI en Arizona. En general, puede ser difícil defenderse de los procesamientos por DUI, porque los agentes del orden suelen ser los testigos presenciales. Y, en su mayor parte, la gente cree que los agentes de policía son honestos. Sin embargo, pueden existir defensas y es importante consultar con un abogado con experiencia en DUI para identificarlas. Los abogados menos experimentados pueden pasar por alto los problemas o no plantearlos correctamente. Si una persona tiene el control físico (“ACP”) de un vehículo motorizado es una determinación fáctica. Y requiere atención al detalle.

Sin Control Físico como Defensa de DUI en Arizona

Existen múltiples defensas de DUI en Arizona. La defensa de que una persona no tenía el control físico del vehículo es una defensa absoluta que puede resultar en la absolución del jurado. De hecho, las fuerzas del orden probablemente realizarán un arresto en cualquier escenario en el que una persona esté dentro de un vehículo, ya sea en movimiento o no. Y el Estado normalmente adoptará la posición de que corresponde a un jurado determinar el APC.

Todos los estatutos de DUI de Arizona requieren que una persona conduzca o esté en el APC (control físico) de un vehículo motorizado. Conducir se explica por sí mismo. La defensa afirma que no hay APC en escenarios sin conducción. Es un área gris que un abogado experimentado puede identificar y explotar eficazmente.

Escenario Típico Sin Control Físico Real en un Caso de DUI

Estas situaciones suelen surgir cuando una persona duerme en su vehículo. De hecho, una persona puede conducir hasta un bar para encontrarse con amigos o compañeros de trabajo. Y si las cosas escalan, esa persona puede decidir dormir en su vehículo en lugar de conducir. O bien, un escenario común es que uno puede conducir una distancia corta y luego salirse de la carretera.

Por lo general, las fuerzas del orden son notificadas por un ciudadano preocupado o por percepciones durante una patrulla de rutina. El interés del Estado aquí es que una persona pueda estar muerta o herida dentro del vehículo. Como tal, las autoridades realizarán un “control de bienestar” de cualquier ocupante de un vehículo. Durante estos controles de bienestar, las autoridades buscarán inmediatamente cualquier signo de impedimento o pistas de DUI, incluido el olor a alcohol. De hecho, no es raro que una persona se despierte con los ojos inyectados en sangre, confusión o movimientos letárgicos. Esos síntomas son explicables. Pero el olor a alcohol junto con estos síntomas, o por si solo, siempre hará que las autoridades investiguen y probablemente realicen un arresto para permitir que los tribunales resuelvan el problema del ACP (control físico).

¿Cómo Determinan los Tribunales el Control Físico en los Casos de DUI?

Para determinar si una persona estaba en el APC (control físico) de un vehículo, el juez de hecho observará la “totalidad de las circunstancias”. En Arizona, quien juzga los hechos en cualquier caso de DUI es un jurado. Casos de apelación de Arizona han establecido factores que los jurados deben considerar al determinar el APC (control físico). Esta es una determinación de si el conductor simplemente estaba usando el vehículo como refugio estacionario o si realmente representaba una amenaza para el público al ejercer un APC (control físico) inminente del vehículo.

Factores Considerados para Determinar el Control Físico

Algunos de los factores que un juez de hecho considera para determinar el APC (control físico) incluyen:

  1. Si el vehículo estaba en marcha o estaba puesto el encendido ;
  2. Ubicación clave;
  3. Dónde y en qué posición se encontraba el conductor en el vehículo;
  4. Si el conductor estaba despierto o dormido;
  5. Si los faros del vehículo estaban encendidos;
  6. Dónde estuvo detenido el vehículo (en la vía o estacionado legalmente);
  7. Si el conductor se había salido voluntariamente de la carretera;
  8. Hora del día y condiciones climáticas;
  9. Si el calentador o aire acondicionado estaba encendido;
  10. Si las ventanas estaban bajadas o subidas;
  11. Cualquier explicación de las circunstancias aportada por la defensa.

Ésta no es una lista exhaustiva, sino sólo algunos de los factores que los tribunales deben considerar por parte del juez de hechos. De hecho, se trata de determinaciones fácticas que deben hacerse. De hecho, está claro que la intención de los tribunales de apelaciones es exigir que el Estado demuestre que el conductor representó una amenaza para el público o utilizó el vehículo como refugio estacionario. En estos casos, incluidos los de dormir en el vehículo y los de vehículos inhabilitados, el juez de hechos también podrá considerar cómo llegó el vehículo a su posición de reposo.

Los casos de DUI que involucran cuestiones sobre si una persona está conduciendo o en control físico de un vehículo motorizado requieren determinaciones fácticas intensivas. Una investigación sobre esta defensa puede requerir la realización de entrevistas con los agentes que arrestaron e investigaron, así como con los testigos.

Ley de Huss, PLLC como su Abogado de DUI en Arizona

Es importante identificar e investigar de inmediato la posible defensa de DUI por no conducir o no tener control físico de un vehículo motorizado. De hecho, es importante consultar y contratar a un abogado con experiencia en DUI en Arizona como Jeremy Huss. El Sr. Huss ha capacitado a las fuerzas del orden en investigaciones de DUI y tiene tanto conocimiento como cualquier abogado de DUI en Arizona. Si está bajo investigación por DUI Llame a Ley de Huss inmediatamente.