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El Exceso de Velocidad Criminal en Arizona es un Delito Menor Clase 3. El Estatuto Revisado de Arizona 28-701.02 define este delito. Un conductor comete un delito por exceso de velocidad de tres formas en Arizona. Primero, si el conductor excede el límite de velocidad indicado en un distrito comercial o residencial por más de 20 MPH. De hecho, es un exceso de velocidad criminal que un conductor exceda las 45 MPH cuando no hay un límite de velocidad indicado. En segundo lugar, si el conductor excede las 35 MPH “dentro o acercándose” a una zona de cruce escolar. Y tercero, si un conductor excede las 85 MPH en “otros lugares”.
El exceso de velocidad nunca es una felonía en Arizona. Sin embargo, esta infracción podría tener consecuencias más graves para el conductor. Por ejemplo, una persona que conduce a 100 MPH por las calles de la ciudad está incurriendo en una conducta imprudente. Y si esta conducta imprudente causa algún daño o muerte a otra persona, se derivan graves consecuencias. De hecho, el uso imprudente de un vehículo motorizado (instrumento peligroso) es un “delito peligroso” en Arizona. Esto significa que una persona enfrenta prisión obligatoria si es declarada culpable en el juicio. Como tal, es importante reconocer que el Exceso de Velocidad Criminal es un delito grave que podría tener consecuencias que cambiarán la vida si ocurre un accidente.
¿Cómo Cometer Exceso de Velocidad Criminal?
Como se mencionó anteriormente, Arizona penaliza tres conductas de conducción como Exceso de Velocidad Criminal. De hecho, la legislatura buscó proteger los distritos residenciales, comerciales y escolares, ya que el estatuto contempla todas estas ubicaciones. Sin embargo, las autopistas obviamente también tienen regulación de velocidad.
20 MPH sobre el Límite de Velocidad en un Distrito Comercial o Residencial
ARS 28-701.02(A)(3) establece que “[una] persona no deberá exceder el límite de velocidad publicado.
Ramificaciones del Exceso de Velocidad Criminal en Arizona
Este delito es un Delito Menor Clase 3 en Arizona y conlleva las siguientes consecuencias:
- Hasta 30 días de cárcel
- Multa que no excederá los $500
- Hasta 1 año de libertad condicional